La declaración anual es un trámite fiscal obligatorio para todas las personas físicas y morales en México, el cual se debe realizar ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), la autoridad fiscal encargada de administrar y recaudar los impuestos en el país.
Este trámite consiste en un informe que los contribuyentes, o sea las personas físicas y morales, deben presentar cada año para informar sobre sus ingresos, deducciones, retenciones y pagos de impuestos durante el ejercicio fiscal que en México abarca del 1 de enero al 31 de diciembre.
En ese sentido, todas y todos los contribuyentes tienen la obligación de presentar la declaración anual dentro del plazo establecido por el SAT, que generalmente es durante el mes de abril de cada año.
Al respecto, debes saber que con la llegada de la actual presidenta Claudia Sheinbaum en octubre también se implementó una medida de simplificación de trámites con el SAT, entre ellos la eliminación de la declaración anual de algunos contribuyentes. A continuación los detalles.
¿A qué personas el SAT eliminó la declaración anual?
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) informó mediante sus redes sociales que todas aquellas personas físicas y morales que pertenezcan al Régimen Simplificado de Confianza (Resico), estarán exentos de la declaración anual, y solo tendrán que presentar pagos mensuales.
De acuerdo con el Gobierno Federal, el Régimen Simplificado de Confianza (Resico) es una facilitación administrativa para que el pago del impuesto sobre la renta (ISR) se realice de forma sencilla, rápida y eficaz, donde su característica esencial es que las tasas impositivas se aplicarán según los ingresos del contribuyente, lo que puede resultar en una menor carga fiscal.
Además con este régimen fiscal se busca incorporar a contribuyentes que actualmente operan en la economía informal.
En ese sentido, el SAT resaltó que «los contribuyentes dedicados a la agricultura, ganadería, pesca, y actividades silvícolas que sean socios o accionistas de uniones de crédito, ahora pueden tributar en este régimen».
¿Cuáles son los requisitos y condiciones para tributar en el Resico?
Para pertenecer al Régimen Simplificado de Confianza (Resico), las y los contribuyentes deben cumplir los siguientes requisitos y condiciones:
- Para personas físicas (todo ser humano que realice cualquier actividad económica): las y los contribuyentes realizan actividades empresariales o profesionales donde sus ingresos no exceden los 3 millones 500 mil pesos.
- Para personas morales (conjunto de personas físicas que se unen para un fin lícito colectivo): las y los contribuyentes realizan actividades empresariales donde sus ingresos no exceden los 35 millones de pesos anuales.
Debes saber que si te saliste del Resico puedes volver a reincorporarte a este régimen fiscal presentando un caso de aclaración o un aviso de actualización de actividades ante el SAT.
«Con estas acciones el SAT refrenda su compromiso para agilizar los trámites y dar la mejor atención al contribuyente de manera presencial y remota», concluyó el SAT en el comunicado.
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