A propuesta de la Ministra Yasmín Esquivel Mossa, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que el Ejecutivo Federal sí ha ejercido sus facultades constitucionales para regular e implementar métodos y políticas públicas para contener los problemas relacionados con la internación ilegal de vehículos de procedencia extranjera.
Así, desde el 2011 el Ejecutivo Federal ha emitido diferentes decretos en términos del artículo 131, párrafo segundo, de la Constitución Federal. Incluso, en julio de 2020 entró en vigor un acuerdo del Presidente de la República que atiende y regula los compromisos pactados por el Estado Mexicano en el Tratado México – Estados Unidos – Canadá (T-MEC).
Entre otras cuestiones, indican que los vehículos usados que se importen de manera definitiva para ser destinados a permanecer en la franja y región fronteriza mencionada deberán cumplir con los requisitos de control establecidos en la legislación aduanera para su internación temporal al resto del país.
Finalmente, el proyecto de la Ministra Esquivel destacó que no podrán importarse en forma definitiva al territorio nacional los vehículos usados que, en el país de procedencia, por sus características o por cuestiones técnicas, esté restringida o prohibida su circulación; cuando no cumplan con las condiciones físico-mecánicas o de protección al medio ambiente, o cuando el vehículo haya sido reportado como robado.