El Servicio de Administración Tributaria (SAT) tiene la posibilidad de congelar tus cuentas bancarias, sin embargo, no tienes que preocuparte pues en seis sencillos pasos podrás evitar que esto pase, y te los compartimos en esta nota.
Congelar o inmovilizar cuentas bancarias es un mecanismo utilizado por el SAT sirve para garantizar el cobro de adeudos fiscales, lo que implica que los contribuyentes no podrán acceder a sus fondos en las instituciones de banca múltiple hasta por el monto de su deuda actualizada, incluyendo accesorios como recargos, multas y gastos de ejecución.
Existen diversas circunstancias bajo las cuales se puede llevar a cabo la inmovilización de los depósitos. En primer lugar, si un contribuyente tiene adeudos fiscales y no presentó algún medio de defensa en su momento, o si la resolución final fue favorable al SAT, la autoridad puede proceder a solicitar a las instituciones bancarias la inmovilización y transferencia de los recursos que se encuentren a nombre del contribuyente.
Otra razón por la que podrían usar esta medida en tu contra es si cuentas con adeudos fiscales que están sujetos a un medio de defensa y no ha ofrecido alguna garantía para asegurar dichos adeudos, el SAT también puede ordenar la inmovilización de depósitos. En este caso, la inmovilización se realiza hasta por el monto de las deudas fiscales actualizadas y sus accesorios.
¿Cómo sé que el SAT bloqueó mi cuenta?
La inmovilización de depósitos bancarios representa una herramienta potente para el SAT, pero también puede convertirse en un severo obstáculo para los contribuyentes que se ven sorprendidos por esta medida. Por lo tanto, es fundamental que los contribuyentes mantengan sus obligaciones fiscales al día y, en caso de tener adeudos, consideren de inmediato las opciones de defensa y garantías disponibles
Por su parte, el SAT se encarga de notificar esta acción a través del buzón tributario o de manera personal, siempre que cuente con el registro del correo electrónico del contribuyente o tenga un domicilio fiscal localizable. En caso contrario, la notificación se realizará por estrados, lo que podría dificultar que el contribuyente tenga conocimiento oportuno de la situación.
¿Qué hacer si el SAT bloquea mi cuenta?
Es importante destacar que los contribuyentes tienen la opción de evitar la inmovilización de sus depósitos, siempre y cuando ofrezcan algún tipo de garantía, como las que se explican a continuación:
- Depósito en dinero o carta de crédito emitida por institución bancaria autorizada.
- Prenda o hipoteca.
- Fianza otorgada por institución autorizada.
- Obligación solidaria asumida por tercero que compruebe su idoneidad y solvencia.
- Embargo en la vía administrativa.
- Títulos valor o cartera de créditos del propio contribuyente.
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