Uno de los beneficios que ofrece el Servicio de Administración Tributario (SAT) es que las personas que están obligadas a declarar impuestos puedan deducir gastos. Además de viajes, seguro médicos y funerarios, las autoridades fiscales brindan la oportunidad de deducción de gastos relacionados con la educación.
En un ámbito nacional, los gastos de colegiatura representan un gasto significativo para las familias, por lo que los contribuyentes tienen el derecho de reducir estos ingresos acumulables en la declaración anual del ejercicio. Cabe señalar que la declaración anual es un requisito obligatorio.
¿Cuáles son los montos establecidos?
Las colegiaturas en instituciones privadas con validez oficial de estudios, son gastos deducibles a impuestos para los niveles educativos como: preescolar hasta bachillerato o equivalente, por los montos siguientes (límite anual de deducción):
- Preescolar: 14 mil 200 pesos.
- Primaria: 12 mil 900 pesos.
- Secundaria: 19 mil 900 pesos.
- Profesional técnico: 17 mil 100 pesos.
- Bachillerato o su equivalente: 24 mil 500 pesos.
Para hacer efectivo este beneficio, el contribuyente deberá contar con el comprobante de pago correspondiente emitido por la institución educativa. Toma en cuenta que las cuotas por concepto de inscripción, reinscripción o compra de útiles no pueden ser deducibles a impuestos, ya que solamente aplica para colegiaturas.
Tips antes de deducir ante el SAT
En dado caso que el contribuyente haga los pagos en un mismo ejercicio fiscal, por un alumno que haya cursado dos niveles educativos, por ejemplo que el estudiante haya cursado la primaria y secundaria el mismo año, el límite anual que se podrá disminuir es aquel que corresponde al monto mayor de los dos niveles.
El contribuyente deberá hacer los pagos mediante cheque, trasnferencia o tarjeta de crédito, débito o de servicios, ya que no es posible aprovechar la deducción de gastos si se hace en efectivo.
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